¿Qué es el contrato de Formación y Aprendizaje?

¿Qué es el contrato de Formación y Aprendizaje?

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Se trata de una modalidad de contrato laboral creado para promover e incentivar la contratación de jóvenes (menores de 30 años), cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.

Desde el 1 de enero del 2019, el contrato de formación es el único contrato bonificado. Según el R.D. Ley 28/2018, se eliminan todos los contratos bonificados para menores de 30 años, excepto el contrato de formación, por el que las empresas pueden seguir reducirse al 100% los Seguros Sociales.

SIN LIMITACIÓN

No existe límite de contratos de formación por empresa.

SIN MANTENIMIENTO

No es obligatorio mantener el nivel de empleo tras la contratación.

SIN PENALIZACIÓN

En caso de cesar al trabajador, no existe obligación de devolver los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación por la formación.

AUTÓNOMOS

Los autónomos podrán contratar a su hijo/a, y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones.

COSTE CONTRATACIÓN CERO

Se bonifican al 100% las cuotas de Seguridad Social de la empresa y el trabajador, en empresas de máximo 250 trabajadores (75% en empresas de más de 250 trabajadores).

BONIFICACIÓN

1.500 € anuales en caso de hombres y 1.800 € en caso de mujeres, podrán ser bonificados en las cuotas empresariales, por la transformación de contrato de formación en indefinido.

MÁS BONIFICACIÓN

Se podrá bonificar el 100% de la formación teórica, más entre 60€ y 80€ por tutorización.

EDAD

Las personas beneficiarias de este contrato, deben tener una edad entre 16 y 25 años, como regla general.

OPORTUNIDAD

Los jóvenes tienes una extraordinaria ocasión de incorporarse al mercado laboral, conocer el oficio y demostrar su valía.

FORMACIÓN OFICIAL Y GRATIS

Los trabajadores recibirán el correspondiente Certificado de Profesionalidad, acreditación expedida por el Ministerio de Empleo.

DURACIÓN

El contrato se extenderá desde un periodo mínimo de 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años por regla general.

COBERTURA SEGURIDAD SOCIAL

Los trabajadores tienen los mismos derechos que con cualquier otro contrato (Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial,...)

MOVILIDAD

La titulación obtenida tiene no sólo reconocimiento nacional, sino europeo.

JORNADA COMPLETA

El contrato se realizará por el total de la jornada laboral, de ésta, durante el primer año, el 75% se dedicará a la formación efectiva, destinando el 25% a la formación teórica. En los años siguientes, los porcentajes será 85% de trabajo y 15% de formación.

DURACIÓN

Será de 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Salvo que por Convenio Colectivo se establezca otra, nunca inferior a 6 meses, o superior a 3 años.

PERIODO DE PRUEBA

Salvo que el convenio colectivo indique lo contrario, será de 2 meses.

MODALIDAD

La formación se desarrolla de manera semipresencial o blended learning, por una gran parte de las horas en teleformación y algunas sesiones presenciales. La formación deberá ser impartida por un centro acreditado.

FORMACIÓN OFICIAL

El/la trabajador/a que supere la formación obtendrá la correspondiente acreditación de correspondiente con el Certificado de Profesionalidad, relacionado con su ocupación.

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